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Factura electrónica obligatoria 2027-2028 (Ley Crea y Crece): qué cambia para las academias

Sep 16, 2026 | Gestión centros formativos, Noticias, Transformación digital en la educación | 0 Comentarios

La Ley Crea y Crece obligará a emitir facturas electrónicas estructuradas en todas las operaciones entre empresas y profesionales (B2B) en España. El calendario previsto es el siguiente: desde el 1 de octubre de 2027 para empresas que facturen más de 8 millones de euros al año, y desde el 1 de octubre de 2028 para el resto de empresas, pymes y autónomos, un grupo en el que se incluye la inmensa mayoría de academias.

¿Qué es la Ley Crea y Crece y qué tiene que ver con tu academia?

La Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas —conocida como Ley Crea y Crece— tiene un objetivo muy concreto: reducir la morosidad comercial entre empresas. Para lograrlo, obliga a que las facturas B2B se emitan en un formato electrónico estructurado que permita conocer, entre otras cosas, cuándo se ha pagado realmente cada factura.

Para una academia, esto afecta a las facturas que emites a otras empresas o profesionales: formación bonificada para empleados de una compañía, servicios prestados a otra academia, o las facturas que os llegan de vuestros propios proveedores. No afecta, en cambio, a los recibos de matrícula o mensualidad que emites a las familias, porque esas son operaciones con consumidores finales (B2C), no B2B.

Calendario de la factura electrónica obligatoria: fechas clave

A diferencia de Verifactu, que ya tiene fechas fijadas por ley, el calendario de la factura electrónica obligatoria depende de la aprobación definitiva de un reglamento técnico que en septiembre de 2026 se encuentra en su fase final. Con la información disponible hasta ahora, este es el calendario previsto:

Fecha Qué ocurre
1 de octubre de 2026 Entrada en vigor definitiva del reglamento técnico: empieza a contar el plazo de adaptación
1 de octubre de 2027 Obligatoria para empresas con una facturación anual superior a 8 millones de euros
1 de octubre de 2028 Obligatoria para el resto de empresas, pymes y autónomos (la mayoría de academias)

¿Por qué hay dos fechas distintas?

La ley concede 12 meses a las grandes empresas desde la entrada en vigor del reglamento, y 24 meses al resto, precisamente para dar más margen a pymes y autónomos con menos recursos técnicos para adaptarse. Si tu academia factura por debajo de los 8 millones de euros al año —algo prácticamente universal en el sector—, tu fecha de referencia es octubre de 2028, aunque conviene no esperar al último momento: muchas de tus facturas B2B seguirán llegando de empresas grandes que ya estarán obligadas desde 2027, y tendrás que poder recibirlas correctamente.

¿A qué facturas de tu academia afecta esta ley?

Conviene tenerlo claro desde el principio, porque es la confusión más habitual sobre esta normativa:

  • Sí afecta a las facturas que emites a otras empresas o autónomos: formación bonificada para trabajadores de una empresa, colaboraciones con otros centros, alquiler de tus instalaciones a terceros, o servicios que prestas a cualquier persona jurídica.
  • No afecta a los recibos de matrícula y cuotas que emites a familias o alumnos particulares. Esas operaciones son B2C y quedan fuera del ámbito de la Ley Crea y Crece, aunque sí están sujetas a la normativa Verifactu, que cubre todas tus operaciones sin distinguir entre empresas y particulares.

Factura electrónica obligatoria vs. Verifactu: no confundas las dos normativas

Es fácil mezclar ambas porque llegan casi a la vez y las dos hablan de «facturación electrónica», pero regulan cosas distintas. Verifactu controla la integridad de cada factura que genera tu sistema, para evitar el fraude fiscal, y afecta a todas tus facturas, incluidas las de tus alumnos. La Ley Crea y Crece regula el formato en el que intercambias facturas con otras empresas, con el objetivo de combatir la morosidad, y solo afecta a tus operaciones B2B.

La consecuencia práctica es que la mayoría de academias tendrán que cumplir con las dos a la vez, cada una con su propio calendario: si quieres repasar los plazos y las sanciones de Verifactu, lo tienes detallado en nuestro artículo sobre Verifactu para academias.

Qué cambia en la práctica: requisitos técnicos

  • Formato estructurado: un PDF adjunto a un email ya no será suficiente para una factura B2B; se exige un archivo en formato XML (Facturae o compatible con el estándar europeo EN 16931).
  • Firma electrónica: cada factura debe llevar firma electrónica avanzada o sello electrónico avanzado.
  • Código único de identificación: cada factura debe poder identificarse de forma unívoca.
  • Comunicación de estados: emitida, aceptada, rechazada, pagada… este seguimiento es la pieza clave para que la ley pueda cumplir su objetivo real, que es visibilizar los retrasos en los pagos entre empresas.
  • Plataformas privadas y solución pública: podrás seguir usando una plataforma de facturación privada, pero deberás remitir una copia de cada factura en formato Facturae a la solución pública gestionada por la Agencia Tributaria.

Cómo preparar tu academia con margen

  1. Identifica qué parte de tu facturación es B2B (empresas, otras academias, proveedores) frente a la que es B2C (familias y alumnos particulares): solo la primera entra dentro de esta ley.
  2. Pregunta a tu proveedor de software de gestión y facturación si tiene previsto soportar el formato Facturae y la comunicación de estados antes de octubre de 2027.
  3. Si trabajáis con empresas grandes (formación bonificada, por ejemplo), tened en cuenta que ellas estarán obligadas un año antes que vosotros y probablemente os pedirán facturas electrónicas desde 2027, aunque a vosotros todavía no os toque.
  4. No deis por buena una fecha concreta hasta que se publique el reglamento definitivo: en septiembre de 2026 el calendario sigue siendo una previsión, aunque con muy pocas probabilidades de cambiar de forma sustancial.
  5. Aprovechad el margen hasta 2028 para centralizar toda la facturación de la academia en un único sistema, en lugar de ir adaptando distintas plantillas sueltas a última hora.

Preguntas frecuentes sobre la factura electrónica obligatoria para academias

¿La factura electrónica obligatoria afecta a los recibos de matrícula de las familias?

No. La Ley Crea y Crece solo regula las relaciones entre empresas y profesionales (B2B). Los recibos que emites a familias o alumnos particulares son operaciones B2C y quedan fuera de esta obligación, aunque sí están dentro del ámbito de Verifactu.

¿Cuándo tiene que cumplir mi academia con la factura electrónica obligatoria?

Depende de tu facturación anual. Si superas los 8 millones de euros, desde el 1 de octubre de 2027. El resto de empresas, pymes y autónomos —la inmensa mayoría de academias— tienen de plazo hasta el 1 de octubre de 2028.

¿Puedo seguir enviando mis facturas en PDF por email?

Hasta que te llegue tu fecha límite, sí. A partir de ese momento, un PDF ya no será suficiente para las facturas B2B: la ley exige un archivo estructurado (XML) con firma electrónica avanzada y un código único de identificación.

¿Qué diferencia hay entre la factura electrónica obligatoria y Verifactu?

Verifactu regula cómo se genera y registra cada factura para evitar el fraude fiscal, y afecta a todas tus operaciones, incluidas las de tus alumnos. La factura electrónica obligatoria regula el formato de intercambio entre empresas y solo afecta a tus operaciones B2B. Son obligaciones distintas y hay que cumplir ambas.

¿Qué pasa si mi academia no cumple con la factura electrónica obligatoria?

El reglamento definitivo todavía está en desarrollo, pero las propuestas manejadas hasta ahora contemplan sanciones de hasta 10.000 euros por no ofrecer factura electrónica a un cliente que la solicite en una operación B2B.

Lo único que tiene sentido hacer ya, en septiembre de 2026

Con el reglamento todavía sin cerrar del todo, no merece la pena montar un proceso nuevo solo para esta ley. Lo que sí tiene sentido es preguntarle a quien os gestiona la facturación si están siguiendo de cerca tanto esta normativa como Verifactu, porque en la práctica vais a necesitar que el mismo sistema resuelva las dos a la vez.

Si todavía facturáis con plantillas distintas según el tipo de cliente, es un buen momento para unificarlo todo en un solo sitio. Puedes probar Flup gratis durante 15 días y ver cómo queda la gestión completa de tu academia.